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OCDE recorta la previsión de crecimiento global y advierte del riesgo de ómicron

La OCDE advirtió que la variante de COVID-19 ómicron puede ser una amenaza para la recuperación económica global y recortó sus proyecciones para el crecimiento mundial en el 2021, abogando por una distribución más rápida de las vacunas.

La economía mundial podría crecer 5.6% este año, anticipó en sus proyecciones la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), es decir un retroceso de 0.1 puntos en comparación sus anteriores previsiones hechas en setiembre.

En tanto, las proyecciones para la actividad en el 2022 siguen acorde a sus anteriores pronósticos de una expansión de 4.5%.

El organismo indicó en esta actualización de sus pronósticos que los focos de baja vacunación pueden terminar siendo el “caldo de cultivo” de formas más letales del virus.

Este informe no contiene estimaciones sobre el surgimiento de la variante ómicron, detectada hace unos pocos días y cuyas consecuencias para la economía mundial todavía son inciertas.

Durante la presentación del informe, la economista jefa de la OCDE, Laurence Boone, expresó sus preocupaciones. “Estamos preocupados por el hecho de que esta nueva variante, ómicron, agrega incertidumbre al clima ya existente, lo que puede representar una amenaza para la recuperación” económica, afirmó.

El organismo señaló la existencia de “realidades económicas muy diferentes” entre distintas regiones y estimó que “la recuperación seguirá siendo precaria” mientras no se distribuyan vacunas en todo el mundo.

El informe de este organismo con sede en París indicó que la recuperación global sigue en marcha, pero que ha perdido “impuso”.

La OCDE indicó que seguía siendo “cautelosamente optimista” sobre la recuperación.

Sin embargo, advirtió que las desigualdades en los sistemas de salud, las políticas públicas, las dificultades de trabajadores de algunos sectores y un alza de los precios más duradera a lo anticipado son “preocupaciones clave”.

La principal prioridad sigue siendo asegurar que las vacunas sean producidas y desplegadas lo más rápido posible por el mundo, incluyendo las dosis de refuerzo”, indicó la organización. “La recuperación sigue siendo precaria e incierta en todos los países hasta que esté asentada”.

Temor a variantes más “letales

En un escenario más auspicioso, los brotes podrían continuar generando restricciones de movimiento, lo que puede tener consecuencias duraderas en los mercados de trabajo, la capacidad de producción y los precios, señaló el organismo.

En un escenario más rudo los focos de baja vacunación pueden terminar siendo el caldo de cultivo de cepas más letales del virus, lo que puede dañar las vidas y el sustento”, indicó en el informe Boone.

Con respecto a una de las preocupaciones claves que pesan sobre la economía mundial, la OCDE indicó que espera que la inflación alcance un pico a finales de este año, antes de ceder gradualmente en los 38 países que componen el organismo, que incluye a países ricos y a naciones en vías de desarrollo como México y Chile.

El alza de los precios ha provocado conmoción en los mercados ya que los inversores temen que los bancos centrales suban las tasas antes de lo previsto para anclar la inflación.

En este sentido, la OCDE urgió a los responsables de las políticas públicas a que “comuniquen de forma clara” sobre cuánta es su tolerancia a que la inflación exceda los objetivos.

En el informe, el organismo destacó que han surgido “desequilibrios marcados” en la recuperación entre los distintos países.

Para la zona euro, la OCDE proyectó un leve recorte de su previsión de crecimiento para el 2021 a 5.2% y para Estados Unidos, la OCDE volvió a revisar sus pronósticos, estimando un crecimiento de 5.6% para este año y de 3.7% para el próximo.

Para , la segunda economía mundial, el pronóstico fue recortado a una expansión de 8.1% este año y 5.1% en el 2022.

Para Brasil, la OCDE recortó en 0.2 puntos sus previsiones para el 2021, augurando un crecimiento de 5%, con un panorama también más sombrío que en su anterior informe para el próximo año, con una expansión proyectada de 1.4%, es decir 0.9 puntos porcentuales menos.

Tras esta desaceleración, el organismo proyecta un crecimiento de 2.1% en el 2023.

La OCDE indicó que la recuperación global y la fuerte demanda de materias primas y la débil tasa de cambio sostuvieron las exportaciones brasileñas, pero señaló que hay perturbaciones del suministro, una caída del poder de compra y un aumento de las tasas de interés.

Además, señaló las incertidumbres sobre el comportamiento del sector público ralentizaron el ritmo de la recuperación.


Fuente: Diario Gestión

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Métodos de valoración de precios de transferencia

La selección de un método de precios de transferencia siempre apunta a encontrar el método más apropiado para un caso particular. A tal efecto, el proceso de selección debe tener en cuenta las respectivas fortalezas y debilidades de los métodos reconocidos por la OCDE.

Los "métodos tradicionales de transacción" y los "métodos de beneficio transaccional" pueden utilizarse para establecer si las condiciones impuestas en las relaciones comerciales o financieras entre empresas asociadas son compatibles con el principio de plena competencia. Los métodos de transacción tradicionales son el método de precio no controlado comparable o método PCNC, el método del precio de reventa y el método del coste incrementado. Los métodos de beneficio transaccional son el método del margen neto transaccional y el método de la división de beneficios.

Método de precio comparable no controlado (PCNC)

El método PCNC compara el precio cobrado por la propiedad o los servicios transferidos en una transacción controlada con el precio cobrado por la propiedad o los servicios transferidos en una transacción no controlada comparable en circunstancias comparables. Si existe alguna diferencia entre los dos precios, esto puede indicar que las condiciones de las relaciones comerciales y financieras de las empresas asociadas no son de plena competencia.

 

Método del precio de reventa

El método del precio de reventa comienza con el precio al que un producto que se ha comprado a una empresa asociada se revende a una empresa independiente. Este precio (el precio de reventa) se reduce luego por un margen bruto apropiado sobre este precio (el "margen del precio de reventa") que representa el monto del cual el revendedor trataría de cubrir sus gastos de venta y otros gastos operativos y obtener una ganancia adecuada.

 

Método de costo incrementado

El método de costo más comienza con los costos incurridos por el proveedor de la propiedad (o servicios) en una transacción controlada por la propiedad transferida o los servicios prestados a un comprador asociado. A este costo se le suma un costo más el margen adecuado para obtener una ganancia adecuada a la luz de las funciones realizadas y las condiciones del mercado.

 

Método de margen neto transaccional

El método del margen neto transaccional examina la utilidad neta en relación con una base apropiada (por ejemplo, costos, ventas, activos) que un contribuyente obtiene de una transacción controlada. Los indicadores de utilidad neta también pueden ser más tolerantes a algunas diferencias funcionales entre las transacciones controladas y no controladas que los márgenes de utilidad bruta.

 

Método de la división de beneficios

El método de división de ganancias transaccionales busca eliminar el efecto sobre las ganancias de condiciones especiales realizadas o impuestas en una transacción controlada al determinar la división de ganancias que las empresas independientes hubieran esperado obtener al participar en la transacción o transacciones. Es probable que este método sea confiable si cada parte de una transacción hace contribuciones valiosas y únicas.

Los métodos de transacción tradicionales se consideran el medio más directo de establecer si las condiciones en las relaciones comerciales y financieras entre empresas asociadas son de plena competencia. Como resultado, cuando un método de transacción tradicional y un método de beneficio transaccional se pueden aplicar de una manera igualmente confiable, el método de transacción tradicional es preferible al método de beneficio transaccional.


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Precios de Transferencia, Métodos de evaluación

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Principio de Plena Competencia en Precios de Transferencia

La base de los precios de transferencia es el principio de plena competencia, que establece que el precio cobrado en una transacción controlada entre dos partes relacionadas debe ser el mismo que el de una transacción entre dos partes no relacionadas en el mercado abierto.

Con el trabajo en curso de la OCDE sobre BEPS y la creciente participación de otras organizaciones como la ONU, las autoridades fiscales han estado repensando este principio y cómo debe aplicarse. En este artículo, ofreceremos una explicación más detallada del principio de plena competencia.

 

¿Qué se considera una transacción en condiciones de plena competencia?

En su nivel más básico, el principio de plena competencia establece que el precio cobrado en una transacción entre dos partes no vinculadas debe ser el mismo que el precio cobrado en una transacción comparable entre dos partes no vinculadas. A modo de ejemplo sencillo, una empresa que fabrica etanol debería pagar el mismo precio a una granja de su propiedad que a agricultores no relacionados.

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) adoptó el principio de plena competencia como una guía objetiva para determinar cómo se deben establecer los precios de transferencia en las transacciones entre partes controladas. Sin embargo, el tamaño y la complejidad cada vez mayores de las transacciones entre empresas multinacionales (EMN) han dificultado la aplicación del principio de plena competencia de una manera coherente que sea fácilmente aplicada por los contribuyentes y aceptada por las autoridades fiscales. Esto ha llevado a un fuerte aumento en la cantidad de documentación de precios de transferencia que requieren la autoridades fiscales. Las autoridades fiscales también se han preocupado de que las empresas multinacionales puedan aplicar el principio de plena competencia de una manera que les permita obtener una parte demasiado grande de sus beneficios en jurisdicciones con impuestos bajos.

 

Gestione los precios de transferencia en condiciones de plena competencia de la manera correcta.

A pesar de que el principio de plena competencia se está revisando constantemente, es un marco bien establecido para determinar los precios de transferencia y sigue siendo un principio rector fundamental. La realidad es que los precios de transferencia son un área compleja en la que las empresas a menudo necesitan experiencia profesional.

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Precios de Transferencia, BEPS, OCDE

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Más de 26.800 empresas pagaron Reactiva y Fae-Mype

La mayor parte de cumplidores se concentra en el programa dedicado a los pequeños negocios. Las compañías pueden solicitar la reprogramación de sus préstamos con garantía estatal hasta el 15 de julio del 2021.

Hace un año se comenzaron a desembolsar los primeros créditos con garantía estatal en el marco del programa Reactiva Perú. Al haberse considerado, un periodo de gracia por 12 meses de forma inicial, existen empresas que han iniciado el pago de sus cuotas en las primeras semanas de junio. Asimismo, existen empresas que han decidido o han pagado, en su totalidad.

Según el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), son 812 empresas las que ya han honrado sus deudas entre diciembre del 2020 y febrero del 2021, por un monto de S/ 112 millones de soles.

Por otro lado, en el caso del Fondo de Apoyo Empresarial a la Mype (FAE-Mype), las cifras aumentan, ya que de las 303.000 empresas que accedieron a este programa, un total de 26.000 ya cumplieron con el pago de su crédito, desde que se creó el programa en abril del 2020 hasta al cierre de marzo del 2021.

Reprogramaciones

Así como hay empresas que vienen cumpliendo con sus obligaciones crediticias, también hay otras que han sufrido un mayor impacto económico y se ven imposibilitadas de realizar el pago en este momento.

Bajo este escenario, el Ejecutivo también ha dispuesto que los negocios puedan reprogramar el pago de sus créditos solicitados en el marco de Reactiva Perú y Fae-Mype.

Esta flexibilidad en los pagos consiste en nuevo periodo de gracia por 12 meses, donde terminado ello las empresas podrán pagar el crédito solicitado en un periodo que va entre 24 a 36 meses.

Para acceder a esta facilidad la empresa deberá de solicitarlo a la entidad financiera y esta deberá de evaluarla.

Es preciso informar que las empresas podrán acogerse a esta reprogramación hasta el 15 de julio del 2021.

  • Aquellos que han solicitado un préstamo de hasta S/ 90.000 no se le solicitará ningún requisito, por lo que se espera alcanzar a las 435.000 microempresas que recibieron este préstamo.
  • Para los negocios que han recibido un desembolso de entre S/ 90.000 y S/ 750.000 podrán acceder a este beneficio, siempre y cuando hayan registrado una caída en sus ventas de más del 10% en el cuarto trimestre del 2020.
  • Las compañías que solicitaron un crédito de entre S/ 750.000 y S/ 5 millones, tendrán que haber sufrido una contracción del 20% en sus ventas del último trimestre del 2020.
  • Aquellas que lograron acceder a un préstamos de entre S/ 5 millones y S/ 10 millones podrán solicitar una reprogramación, siempre y cuando, hayan demostrado un retroceso de mínimo el 20% en sus ventas durante el cuarto trimestre del 2020.

Aplazan créditos de FAE-MYPE

Reactiva no es el único programa con garantía estatal donde se puede reprogramar los créditos solicitados.

La totalidad de mypes que accedieron al Fondo de Apoyo Empresarial a la Mype (FAE-Mype) también podrán solicitar esta prórroga en sus pagos.

A diferencia de Reactiva, no se solicitará una caída en sus ventas, sin embargo, serán las empresas del sistema financiero y las cooperativas de ahorro y crédito las entidades encargadas de realizar la evaluación de las empresas que quieran acceder a la reprogramación de sus créditos.

Fuente: La República


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Reactiva Perú, Fae-Mype

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¿Cuál es el plazo para la presentación del Reporte Local 2020?

Reporte Local (Local File) y Declaración Jurada Informativa de Precios de Transferencia FV 3560

En aplicación del primer párrafo del literal g) del artículo 32° de la Ley del Impuesto a la Renta, corresponde a los contribuyentes sujetos al ámbito de aplicación de este artículo, cuyos ingresos devengados en el ejercicio gravable superen las dos mil trescientas (2,300) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), cumplan con la presentación anualmente de una declaración jurada informativa denominada “Reporte Local”, respecto de las transacciones que generen rentas gravadas y/o costos o gastos deducibles para la determinación del impuesto.

 Obligados a la Presentación

  •  Sujetos obligados a presentar Información de Registro en el Reporte Local- Tramo I (Anexo I):
Contribuyentes con ingresos mayores a 2300 UIT en el ejercicio 2020 y tuvieran transacciones en el ámbito de aplicación de precios de transferencia por monto igual o mayor a 100 UIT y menor a 400 UIT.
  • Sujetos obligados a presentar Información de Registro en el Reporte Local – Tramo II (Anexo II):

Contribuyentes con ingresos mayores a 2300 UIT en el ejercicio 2020 y tuvieran transacciones dentro del ámbito de aplicación de precios de transferencia cuyo monto de operaciones sea igual o mayor a 400 UIT. Estos contribuyentes deberán además completar la Estructura de la parte descriptiva reporte local (Anexo III) y la información mínima de la Hoja de Cálculo que detalla la aplicación de los métodos de precios de trasferencia seleccionados por cada transacción (Anexo IV).
 

Presentación del Formulario Virtual

La presentación debe realizarse a través de SUNAT VIRTUAL en el Formulario Virtual N° 3560 – Declaración Jurada Informativa de Precios de Transferencia - Reporte Local.

Recuerde que, si usted se encuentra dentro del ámbito de aplicación de los precios de transferencia, sus obligaciones relacionadas con la Declaración Jurada Informativa Reporte Local se encontrarán próximos a un vencer de la siguiente manera:

Contribuyentes con ingresos mayores a 2300 UIT en el ejercicio 2020, deben de declarar de acuerdo al vencimiento original de las obligaciones tributarias del mes de mayo 2021.  R.S. N° 014-2018/SUNAT, Normas para La Presentación de la Declaración Jurada Informativa Reporte Local (F.V. N.° 3560): Art. Nº 9.

Plazo de presentación:

 a

 

Multas:

Las multas son 02; i) Por no presentar la declaración en el plazo indicado por la SUNAT; y, ii) por presentar una declaración incompleta o no conforme con la realidad; pudiendo ser equivalente a 0.6% de los ingresos netos del contribuyente, no podrá ser menor de 10% de la UIT, con un tope máximo de 25 UIT.


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Precios de Transferencia, Reporte Local, Declaración Jurada

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