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Ley 32335: Sunat capacitará a microempresas antes de sancionarlas en su primera infracción tributaria

Pese a la desaceleración sostenida de los ingresos tributarios, el Congreso de la República ha dado pie a una cuestionable reforma que podría socavar la recaudación en más de S/2.000 millones cada año, según el MEF.

Otro golpe al fisco. El Congreso de la República ha promulgado este viernes la Ley Nº 32335, que introduce cambios críticos en el tratamiento de infracciones tributarias cometidas por microempresas. Según lo publicado en el Diario Oficial El Peruano, la norma establece que, en caso de una primera infracción detectada, las microempresas deberán asistir a cursos de capacitación obligatorios organizados por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) antes de que se les impongan sanciones económicas.

La medida, que busca facilitar el cumplimiento tributario a través de la educación, en lugar de recurrir directamente a medidas punitivas, según sus autores, ha sido largamente cuestionada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la SUNAT, debido a que promueve el enanismo fiscal, sobrecarga el trabajo del ente recaudador y fomenta la cultura de la impunidad tributaria.

“De aprobarse, el proyecto de ley reduciría en S/750 millones la recaudación por sanciones y multas. Sin embargo, el mayor efecto negativo será indirecto, proveniente del cambio de comportamiento del contribuyente, el incremento de un solo punto porcentual de incumplimiento de IGV e impuesto a la renta costaría S/1.325 millones anuales al fisco”, alertó el MEF.

Microempresas recibirán cursos en lugar de multas por parte de la SUNAT

De acuerdo con la ley, esta modificación afecta los artículos 165 y 180 del Código Tributario, regulado por el Decreto Legislativo 816. El artículo 165 detalla que las infracciones tributarias serán determinadas objetivamente y sancionadas administrativamente, con medidas que incluyen multas, comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos, cierre temporal de establecimientos y suspensión de licencias. Sin embargo, con la nueva normativa, se incorpora la obligatoriedad de asistir a cursos de capacitación como una medida preventiva, aplicable únicamente bajo las condiciones descritas en el artículo 180.

El artículo 180 especifica que esta medida preventiva será aplicable exclusivamente a microempresas cuyas ventas anuales no superen las 150 UIT, equivalentes a S/802.500 en 2025. La asistencia a los cursos será obligatoria únicamente en caso de la primera infracción detectada por la SUNAT y se aplicará una sola vez por cada tipo de infracción tributaria contemplada en el Código Tributario. Entre estas infracciones se incluyen:

  • No inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC).
  • No emitir comprobantes de pago.
  • No presentar declaraciones tributarias, entre otras.

Según la ley, la SUNAT será responsable de organizar los cursos, que incluirán material educativo diseñado para explicar las infracciones y promover el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

¿Qué pasa si el microempresario no acude al curso tributario de la SUNAT?

La norma también establece excepciones. Los cursos de capacitación no serán aplicables a microempresas cuyos titulares o socios hayan sido condenados por delitos tributarios o aduaneros.

Además, si el contribuyente no asiste al curso obligatorio, se procederá a aplicar la sanción económica correspondiente según lo estipulado en el Código Tributario.

Por ejemplo, para infracciones sin ingresos declarados, la multa sería del 40% de la UIT, lo que equivale a S/2.140 en 2025. En casos donde existan ingresos declarados, la multa podría alcanzar hasta 50 UIT, es decir, S/267.500.

Pero el Congreso también ha cambiado el cálculo de las multas

Otro aspecto relevante de la ley es la introducción de cambios en el cálculo de las multas. Estas podrán determinarse en función de diversos criterios, como la UIT vigente, los ingresos netos declarados en ejercicios anteriores o el tributo omitido.

Para infracciones relacionadas con el incumplimiento de obligaciones vinculadas al beneficiario final, las multas oscilarán entre 1% y 2% del patrimonio total declarado, con un mínimo de 3 a 5 UIT y un máximo de 25 a 50 UIT, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Además, entre las disposiciones complementarias finales, se incluye la obligación de la SUNAT de incorporar tutoriales en su página web para cada tipo de infracción tributaria. En caso de infracciones simultáneas del mismo tipo, los cursos de capacitación se aplicarán únicamente a la sanción más grave, mientras que las demás infracciones serán sancionadas según las normas vigentes.

El Poder Ejecutivo tiene un plazo de 90 días calendario para emitir las normas adicionales para su implementación. Estas disposiciones serán aprobadas mediante decreto supremo refrendado por el MEF. Así, la norma entraría en vigor el 15 de agosto de 2025, siempre que se publiquen las disposiciones reglamentarias en el plazo establecido.

SUNAT y microempresas: la educación como medio de castigo, según el Congreso

La implementación de esta medida ha generado críticas sobre su efectividad y viabilidad. Según el tributarista Rafo Inurritegui, aún no se han definido aspectos clave como quiénes serán los encargados de dictar los cursos, qué contenidos se abordarán y si estos generarán algún tipo de constancia válida.

Además, el especialista cuestionó si los capacitadores de la SUNAT estarán preparados para enseñar de manera efectiva o si simplemente se limitarán a leer el Código Tributario.

“Esta capacitación también aplica para personas no naturales, independientes por no inscribirse en el RUC, no emitir comprobantes o no remitir declaraciones, entre otras. En lugar de trabajar, el contribuyente tendrá que ir a un curso que nadie sabe quién dará y que no sabemos si lo va a entender”, refirió el abogado para Infobae Perú.

Del mismo modo, en un contexto marcado por la informalidad estructural y la baja educación tributaria, esta norma ha sido calificada como una solución mal enfocada. Según Inurrittegui, convertir la capacitación en sanción podría ser contraproducente, ya que no aborda las causas profundas del problema, como la falta de acceso a información tributaria y la complejidad del sistema fiscal. Así, la medida parece imponer el conocimiento desde la coerción.

“Y, además, esta medida solo va a regir a partir del 15 de agosto si se publica el reglamento, lo cual tampoco está garantizado”, finalizó.

FUENTE: INFOBAE
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Entró en Vigencia Nueva Ley de Contrataciones del Estado Ley N° 32069

Luego de la entrada en vigencia de Ley General de Contrataciones Públicas, Ley N° 32069, el 22 de abril de 2025, las entidades han avanzado con registrar, durante los primeros días (hasta el 28 de abril) un total de 68 procedimientos de selección, en sus distintas modalidades: concursos públicos abreviados, comparaciones de precios, contrataciones directas, subastas inversas electrónicas; y, licitaciones públicas abreviadas. 

El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) informó que los registros de las convocatorias de los procedimientos de selección corresponden a entidades de diversos niveles de gobierno, entre las que destacan, los Gobiernos Regionales de Ucayali, Junín y San Martín, la Municipalidad Provincial de Arequipa y Palpa, además de varias municipalidades distritales.

Según el OECE; las convocatorias reflejan el nivel de adaptación de las entidades contratantes respecto del nuevo marco normativo de contrataciones públicas vigente.

Convocatorias con la Ley N° 30225

El 21 de abril, último día de vigencia de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, se observó un notable incremento en el registro de convocatorias diarias en el Seace. En un solo día, las entidades efectuaron un total de 2,135 convocatorias, récord histórico registrado en dicha plataforma. El aumento de los registros fue progresivo e incremental e inició el 15 de abril, con la convocatoria de 723 procedimientos; y, el 16 de abril, con 1,151 convocatorias; distando del promedio de 250 convocatorias diarias que realizaban en el Seace. 

De igual manera, se destaca que, durante la vigencia de la Ley N° 30225, el desempeño mostrado por las entidades en el SEACE, a nivel de convocatorias, fue de 1,104 en el mes de enero, por un monto total de S/ 3,174 millones; 4,333 en el mes de febrero, por un monto total de S/ 6,254 millones; 7,135 en el mes de marzo, por un monto total de S/ 7,020 millones; y, un total de 8,273 convocatorias del 01 al 21 de abril por un monto total de S/ 13,228 millones. 

Estas cifras dan cuenta de la intensificación de las actividades desarrolladas por las entidades para gestionar y realizar procedimientos de selección e incrementar la dinámica de la contratación pública, para el cumplimiento de sus objetivos, la ejecución del gasto público y el cierre de brechas, mediante la provisión oportuna de bienes, servicios y obras. 


Fuente: UNDiario.pe
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Francia ansía potenciar su inversión en Perú: sector ferroviario y otros en la mira

Gestión conversó en exclusiva con dos funcionarios del Business France, el organismo estatal encargado de promover las inversiones del país europeo en el extranjero. Hay interés por acrecentar su presencia en Perú.

Tras ser sede del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC), hay países que ya empiezan a tener curiosidad de cómo expandir su presencia en Perú. Uno de ellos es Francia. Un par de funcionarios del Estado de esta economía europea estuvieron recientemente aquí para explorar el mercado nacional e identificar espacios de mayor cooperación comercial. Gestión pudo conversar con ellos en exclusiva.

Se trata de Nasser El Mamoune y Pierre Ramirez, ambos funcionarios de Business France, agencia estatal que se encarga de promover las inversiones extranjeras en Francia y también extender la presencia de sus empresas fuera del país.

Ambos voceros destacaron que los espacios de crecimiento para la relación entre Perú y Francia a nivel empresarial son inmensos. Estas son las claves de cara al futuro.

Enfoques

Ambos funcionarios estuvieron aquí con el objetivo de conocer mejor las oportunidades de inversión en el mercado peruano. A nivel estatal, los franceses ya invierten en proyectos de infraestructura bajo los contratos Gobierno a Gobierno (G2G). Entre los más destacados están la Nueva Carretera Central y la Vía Expresa Santa Rosa.

Sin embargo, según explicaron los representantes de Business France, el foco ahora no es ir por esa modalidad. “No queremos que vengan empresas solas. Creemos en la coproducción en torno a proyectos específicos. Una empresa francesa junto a una peruana en un joint venture. Eso es lo que buscamos, está entre las opciones”, señaló El Mamoune, director de Brasil y América Latina en la agencia.

¿Qué sectores interesan a las empresas francesas? De acuerdo a ambos funcionarios, ven con expectativa la cartera de proyectos peruanos en infraestructura, salud, cosméticos y energías renovables.

De igual forma, Ramirez explicó su país tiene la estrategia “Francia 2030″, una planificación que busca promover proyectos en sectores que consideran estratégicos. “Es un programa de 54 mil millones de euros. Aborda proyectos en inteligencia artificial, transición energética, agricultura sostenible, entre otros”, destacó.

El Mamoune destacó sobre Perú su baja inflación y que aún persiste su fortaleza macroeconómica como razones para verlo con un destino de inversiones futuras. Pero lo que más les parece haber llamado la atención es la cantidad de Tratados de Libre Comercio (TLC) que tiene el país.

“Tienen 15 y uno es con la Unión Europea, así que los aranceles son bajos. No es tan conocido entre las empresas francesas, sobre todo las pequeñas y medianas. Vamos a difundir esa información porque cuando una empresa quiere exportar, no es tan fácil identificar mercados”, refirió también.

Los voceros de Business France también se pronunciaron respecto a la reciente inauguración del puerto de Chancay. Para ambos, la apertura de esta infraestructura potencia el atractivo de nuestro país.

“Lo tenemos en cuenta porque forma parte de la infraestructura de logística internacional y es una mejora para el Perú. Una empresa que quiere invertir busca un mercado interconectado. Entonces, si Chancay significa eso, es bueno para los negocios. No tenemos una lectura política”, recalcó El Mamoune.

Peso en inversiones

Francia, quedó primera en la clasificación europea de acogida de inversiones extranjeras el año pasado. Un dato favorable que se hace más relevante si se toma en cuenta que ha estado en esa posición durante cinco años consecutivos en el ranking.

Al respecto, Ramirez, que se encarga de la oficina de Colombia de Business France, pero también supervisa la actividad francesa en Perú, señaló que hay alrededor de 117 empresas de su país ya instaladas aquí. Este grupo de compañías genera alrededor de 125 mil empleos. Entre las más conocidas están Engie y Equans, entre otras.

Como parte de sus actividades en Perú, tanto Ramirez como El Mamoune se reunieron con representantes de Promperú. De igual forma, realizaron un evento de networking en la residencia de la Embajada de Francia.

“La idea es cómo podemos reforzar a Perú como un destino para nuestras empresas. Además, nosotros realizamos un evento mayor en París al año que se llama Foro América Latina. Destacamos países como Brasil y México, nuestros principales socios comerciales; y Colombia o Chile. Perú podría estar más presente”, comentó El Mamoune. La edición de este año del foro fue el pasado 11 de octubre en el Senado francés.

Del lado contrario, con el objetivo de que inversiones peruanas lleguen a Francia, El Mamoune y Ramirez destacaron que el programa Francia 2030 de Business France incluye un componente de financiamiento. Bajo este se entregan subsidios a determinados proyectos.

“Buscamos intereses comunes. Hay lugar para la agroexportación y minería, pero también para el comercio más común. Los productos alimentarios peruanos, por ejemplo, son bien conocidos en España”, señalaron.

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Aspectos relevantes a tener en cuenta sobre el pago de utilidades a los trabajadores

¿Qué son las utilidades?

Es un beneficio que disfrutan los trabajadores de las empresas del sector privado. Se trata de una remuneración generada por la gestión exitosa de la compañía, la cual se distribuye entre sus empleados.

¿Quiénes tienen derecho a percibir utilidades?

Todos los trabajadores que hayan cumplido la jornada máxima de trabajo establecida en la empresa, así como aquellos con jornada inferior a la máxima establecida, quienes participarán en forma proporcional a la jornada trabajada.

¿Cuál es el monto a repartir por concepto de utilidades?

Las utilidades representan un porcentaje de las ganancias de la empresa: se calculan sobre el monto de la renta anual del ejercicio antes de impuestos. Se entiende por renta neta anual antes de impuestos, el saldo de la renta imponible del ejercicio gravable, luego de haber compensado las pérdidas de ejercicios anteriores. El porcentaje varía según la actividad que realiza el empleador, de acuerdo con el siguiente detalle:

  • Empresas pesqueras, de telecomunicaciones e industriales: 10%.
  • Empresas agrarias: 7.5% (entre 2024 y 2026)
  • Empresas mineras, de comercio al por mayor y al por menor y restaurantes: 8%.
  • Empresas que realizan otras actividades: 5%.

Para determinar las utilidades a repartir, el empleador aplicará el porcentaje correspondiente a su actividad, monto que será distribuido en proporción a los días trabajados y remuneraciones percibidas por cada trabajador.

¿Cómo se calcula el beneficio de las utilidades?

El monto de utilidades a repartir se distribuye de la siguiente forma:

  • 50% del monto debe ser distribuido en función de los días laborados por cada trabajador, entendiéndose como días laborados, los días efectivamente trabajados, incluyendo los siguientes:
    • Días de descanso prenatal y postnatal de las trabajadoras.
    • Días de inasistencia debido al cierre de local por la comisión de infracciones tributarias.
    • Licencias sindicales.
    • Días no laborados debido a un despido nulo en caso de reposición.
    • Horas de lactancia.
    • Suspensión perfecta de labores por caso fortuito o fuerza mayor en caso de haberse declarado improcedente.
    • Días de la licencia por accidente de trabajo o enfermedad ocupacional.
  • 50% del monto debe ser distribuido en proporción a las remuneraciones percibidas anualmente por cada trabajador.

¿Cuál es el plazo para el pago de utilidades?

El reparto de utilidades se debe realizar dentro de los treinta (30) días naturales siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.
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Exportaciones peruanas de uva fresca superarán los US$ 2 millones al cierre de la campaña 2024/2025

La uva es uno de los pilares más importantes de la agroexportación peruana. Desde el 2008, el producto se ha consolidado en la canasta local con dos regiones fundamentales liderando la campaña comercial: Piura, en el norte, e Ica, en el centro-sur.

En los últimos años, ha enfrentado grandes retos, especialmente de índole climática y comercial, como el ciclón Yaku, que impidió el correcto desarrollo de la campaña 2023/2024, o la última pandemia, que afectó especialmente a productos que requerían de una logística delicada, como es el caso de la uva.

Con todo ello, la uva ha superado estos desafíos y viene creciendo de forma sostenida, consolidándose en diversas regiones y complementándose comercialmente. Hace varios años se miraba con escepticismo la producción masiva de uva para exportación en Piura; sin embargo, gracias al uso de tecnología de riego, mallas para reducir la incidencia del sol y un manejo adecuado del cultivo, se ha logrado no solo una producción exitosa, sino también una maduración más temprana que la de Ica y la de Chile, resultando muy oportuna para el calendario agroexportador peruano.

En la campaña actual, que debe terminar a fin de mes, la principal amenaza fue la falta de agua, especialmente en la región norte. No obstante, este problema se sorteó eficazmente, ya que la mayoría de los cultivos cuenta con sus propios reservorios y sistemas de riego tecnificado, lo que permitió una correcta gestión del recurso. Además, las lluvias, aunque llegaron algo más tarde de lo esperado, finalmente se presentaron, levantando la alerta de sequía en la región.

Otro gran reto fue el logístico: la falta de contenedores se mantuvo constante durante toda la campaña, sobre todo en diciembre y enero. El puerto del Callao sufrió una gran congestión y enfrentó serios problemas para manejar la salida de los volúmenes de esta campaña. Pisco y Chancay, a pesar de seguir teniendo roles secundarios, pudieron suplir en cierta medida la demanda, aunque se evidenció la necesidad de mayor inversión en logística para el crecimiento del sector.

Con estos desafíos superados y a poco de concluir la campaña —que inició en julio y se espera se extienda hasta marzo o principios de abril— se acumula un volumen de 684 mil toneladas por un valor cercano a US$ 1.977 millones, cifra récord para la uva peruana. Esto representa un aumento de +34% en volumen y de +28% en valor. Además, se logró distribuir de forma más eficiente los envíos, generando picos en diciembre y enero que permitieron obtener mejores precios y evitar cruces agresivos entre las campañas de Piura e Ica.

Solo falta un mes para el cierre de la campaña, por lo que se espera que los envíos de marzo también sean relevantes y se extiendan un poco más de lo normal, tal como se anunció a principios de campaña. Con ello, se logrará el hito de superar los US$ 2.000 millones, récord conseguido hasta ahora solo por el arándano. En cuanto al precio, el promedio fue de US$ 2.89 por kilogramo, un 5% menos que en la campaña pasada. Durante todo el periodo, se mantuvo relativamente estable, alcanzando un máximo de US$ 3.00 en enero de este año y un mínimo de US$ 2.60 en agosto del año pasado.

Respecto de las regiones productoras, Ica retiene la corona, con un 49% de participación; seguida de Piura, con un 37%; y cerrando el podio, Lambayeque, con un 6%, lo que evidencia la relevancia de la uva en la región costera.



Aunque aún es muy prematuro y las condiciones climáticas son indeterminadas para la próxima campaña 2025/2026, las expectativas iniciales son positivas y se vislumbra un crecimiento en las exportaciones de entre un 9% y un 14%. Sin embargo, estas proyecciones estarán condicionadas por diversos factores, como el clima, los aranceles y la logística. Actualmente hay riesgo de un fenómeno El Niño costero hasta abril y un potencial fenómeno La Niña en el segundo semestre.

Dinámica internacional

Estados Unidos vuelve a ser el principal destino de la uva peruana, con 358.000 toneladas por un valor aproximado de US$ 1.043 millones, lo que representa un crecimiento de +51% en volumen y +39% en valor. Este incremento se atribuye, en gran parte, al momento óptimo en que Perú alcanzó sus picos (diciembre y enero), cuando la campaña interna estadounidense ya había concluido por completo, mientras que otros competidores — como Chile—, a pesar de tener una buena campaña, tardaron un poco más en ingresar al mercado.

Recién a finales de enero y durante todo febrero se comenzaron a observar volúmenes considerables en el mercado estadounidense. Esto permitió al Perú colocar, de manera eficiente, mayores volúmenes durante estos meses de alta demanda sin enfrentar fuerte competencia.


Europa es la segunda región importadora de uva peruana, con cerca de 166.000 toneladas por un valor de US$ 452 millones, lo que representa un crecimiento de +52% en volumen y de +51% en valor. En esta región, la competencia suele ser más feroz, con Brasil y estrictos controles fitosanitarios que complican la operación; sin embargo, la campaña fue sumamente positiva gracias al notable salto en calidad que se ha venido evidenciando en los últimos años.


Fuente: Fresh Fruit

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