Aspectos relevantes a tener en cuenta sobre el pago de utilidades a los trabajadores

¿Qué son las utilidades?
Es un beneficio que disfrutan los trabajadores de las empresas del sector privado. Se trata de una remuneración generada por la gestión exitosa de la compañía, la cual se distribuye entre sus empleados.
¿Quiénes tienen derecho a percibir utilidades?
Todos los trabajadores que hayan cumplido la jornada máxima de trabajo establecida en la empresa, así como aquellos con jornada inferior a la máxima establecida, quienes participarán en forma proporcional a la jornada trabajada.
¿Cuál es el monto a repartir por concepto de utilidades?
Las utilidades representan un porcentaje de las ganancias de la empresa: se calculan sobre el monto de la renta anual del ejercicio antes de impuestos. Se entiende por renta neta anual antes de impuestos, el saldo de la renta imponible del ejercicio gravable, luego de haber compensado las pérdidas de ejercicios anteriores. El porcentaje varía según la actividad que realiza el empleador, de acuerdo con el siguiente detalle:
Para determinar las utilidades a repartir, el empleador aplicará el porcentaje correspondiente a su actividad, monto que será distribuido en proporción a los días trabajados y remuneraciones percibidas por cada trabajador.
¿Cómo se calcula el beneficio de las utilidades?
El monto de utilidades a repartir se distribuye de la siguiente forma:
¿Cuál es el plazo para el pago de utilidades?
El reparto de utilidades se debe realizar dentro de los treinta (30) días naturales siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.
Es un beneficio que disfrutan los trabajadores de las empresas del sector privado. Se trata de una remuneración generada por la gestión exitosa de la compañía, la cual se distribuye entre sus empleados.
¿Quiénes tienen derecho a percibir utilidades?
Todos los trabajadores que hayan cumplido la jornada máxima de trabajo establecida en la empresa, así como aquellos con jornada inferior a la máxima establecida, quienes participarán en forma proporcional a la jornada trabajada.
¿Cuál es el monto a repartir por concepto de utilidades?
Las utilidades representan un porcentaje de las ganancias de la empresa: se calculan sobre el monto de la renta anual del ejercicio antes de impuestos. Se entiende por renta neta anual antes de impuestos, el saldo de la renta imponible del ejercicio gravable, luego de haber compensado las pérdidas de ejercicios anteriores. El porcentaje varía según la actividad que realiza el empleador, de acuerdo con el siguiente detalle:
- Empresas pesqueras, de telecomunicaciones e industriales: 10%.
- Empresas agrarias: 7.5% (entre 2024 y 2026)
- Empresas mineras, de comercio al por mayor y al por menor y restaurantes: 8%.
- Empresas que realizan otras actividades: 5%.
Para determinar las utilidades a repartir, el empleador aplicará el porcentaje correspondiente a su actividad, monto que será distribuido en proporción a los días trabajados y remuneraciones percibidas por cada trabajador.
¿Cómo se calcula el beneficio de las utilidades?
El monto de utilidades a repartir se distribuye de la siguiente forma:
- 50% del monto debe ser distribuido en función de los días laborados por cada trabajador, entendiéndose como días laborados, los días efectivamente trabajados, incluyendo los siguientes:
- Días de descanso prenatal y postnatal de las trabajadoras.
- Días de inasistencia debido al cierre de local por la comisión de infracciones tributarias.
- Licencias sindicales.
- Días no laborados debido a un despido nulo en caso de reposición.
- Horas de lactancia.
- Suspensión perfecta de labores por caso fortuito o fuerza mayor en caso de haberse declarado improcedente.
- Días de la licencia por accidente de trabajo o enfermedad ocupacional.
- 50% del monto debe ser distribuido en proporción a las remuneraciones percibidas anualmente por cada trabajador.
¿Cuál es el plazo para el pago de utilidades?
El reparto de utilidades se debe realizar dentro de los treinta (30) días naturales siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.
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